La visibilidad de las confesiones de notorio arraigo

Material preparado por Francisco DIEZ DE VELASCO. UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA
El material fotográfico ha sido realizado por el autor en el contexto de diversos proyectos de investigación sobre minorías religiosas en España auspiciados por la Fundación Pluralismo y Convivencia (Madrid) y se inserta en el contexto del proyecto de investigación "Bases teóricas y metodológicas para el estudio de la diversidad religiosa y las minorías religiosas en España" (HAR2016-75173-P) del Ministerio de Economía y Competitividad de España, 2017-2020. 
Presentado en el encuentro anual de 2017 del proyecto "Expresiones religiosas en el espacio urbano en Barcelona y Madrid. Un estudio de casos múltiple sobre la visibilidad de la diversidad religiosa en el espacio público", Madrid 12 de diciembre de 2017. EMUI, Universidad Complutense.


1) VISIBILIZAR LAS RELIGIONES Y EL NOTORIO ARRAIGO EN ESPAÑA: FACTORES Y PROBLEMAS
 

-Tres factores principales:
       a) visibilidad numérica
       b) visibilidad jurídica
       c) visibilidad patrimonial

-Problema principal: la doble invisibilización
       a) de las minorías respecto de las dos mayorías (católicos -65-75%- y no religiosos -20-25%-)
       b) de las religiones en general en el mundo "moderno" (nuestra mirada tiende a escamotear lo religioso, a intimizarlo)

En el caso de las confesiones de notorio arraigo (sin acuerdos de cooperación) se aplica una ulterior invisibilización, pues se trata de minorías entre las minorías (aunque la invisibilización podría ser aún mayor... estar incluidas en el grupo de las confesiones sin acuerdos, ni notorio arraigo).

Conviene situar el notorio arraigo en el marco actual español de reconocimiento de las confesiones (construido desde la fragmentación y la desigualdad ("que puede llevar en sí mismo el germen de la discriminación" en palabras de J.M. Contreras).



NIVEL 1: Iglesia Católica

Se le presupone el notorio arraigo en España y tiene el máximo nivel de reconocimiento, expuesto en la propia Constitución de modo explícito (art. 16.3), que se basa en tratados internacionales: los acuerdos de 1979.
Presenta por tanto la visibilidad jurídica máxima, a la que se añade su visibilidad númerica (con los problemas de tener en cuenta a los no practicantes) y patrimonial (23.000 parroquias y en torno a 50.000 lugares de culto).
Es la única, por el momento, que tiene financiación por medio del IRPF, pero ¿y el futuro?


El caso italiano



NIVEL 2:  Las confesiones minoritarias con acuerdo

Son las religiones que se enmarcan en el modelo (imaginario) de las tres culturas (del medievo) a las que se añade el cristianismo surgido de la Reforma (serían las religiones perseguidas por la Inquisición). Su carácter de notorio arraigo en España fue reconocido el 14 de diciembre de 1984 al judaísmo y al cristianismo evangélico y el 14 de julio de 1989 al islam. Y en el año del quinto centenario se firmaron acuerdos de cooperación con el Estado Español por medio de sus federaciones (se exigió un solo interlocutor siguiendo el relaismo español).


antigua web de la CIE (Comisión Islámica de España) el acuerdo con ella: Ley 26/1992 de 10 de noviembre: BOE 12/11/1992
 


antigua web de la FEREDE (Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España) el acuerdo con ella: Ley 24/1992 de 10 de noviembre: BOE 12/11/1992


Web de la FCJE, en el momento del acuerdo: Federación de Comunidades Israelitas de España: Ley 25/1992 de 10 de noviembre: BOE 12/11/1992






Presentan por tanto la visibilidad jurídica alta (pero menor que la católica), a la que se añade una visibilidad númerica y patrimonial destacada  en el caso de evangélicos (1,7 millones y 4000 lugares de culto registrados) y musulmanes (1,9 millones y 1500 lugares de culto registrados) y mucho menor en el caso de judíos (40.000 judíos y 36 lugares de culto registrados).
Respecto de la financiación tienen acceso a las ayudas a federaciones y a proyectos que gestiona la Fundación Pluralismo y Convivencia (fundación pública del Ministerio de Justicia).


NIVEL 3: CONFESIONES DE NOTORIO ARRAIGO (pero sin acuerdos)

NOTORIO ARRAIGO ¿Qué es?
Desde luego un elemento destacado en la visibilidad jurídica (que los grupos que lo solicitan valoran)

Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980, artículo 7: "El Estado, teniendo en cuenta las creencias religiosas existentes en la sociedad española, establecerá, en su caso, acuerdos o convenios de cooperación con las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas inscritas en el Registro que por su ámbito y número de creyentes hayan alcanzado notorio arraigo en España. En todo caso, estos acuerdos se aprobarán por Ley de las Cortes Generales"

¿Paso hacia los acuerdos de cooperación?

Nuevo marco: Real Decreto 593/2015, de 3 de julio, por el que se regula la declaración de notorio arraigo de las confesiones religiosas en España.

Hasta 2015 y desde 1980 no se había regulado de modo específico el notorio arraigo y en la práctica lo reconocía la Comisión Asesora de Libertad Religiosa del Ministerio de Justicia. Desde 2015 la Comisión emite un informe preceptivo pero no vinculante y decide la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia.

En la actualidad son:
    La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (23 de abril 2003)
    Testigos Cristianos de Jehová (29 de junio de 2006)
    Budismo (solicitud por la Federación de Comunidades Budistas de España) (18 de octubre de 2007) 9/7/7
    Iglesia ortodoxa (15 de abril de 2010) 20/1

Hasta 2015 se trataba de una figura jurídica indeterminada y cabía una cierta arbitrariedad en la concesión, así en julio de 2001 la federación budista presentó una solicitud que le fue denegada, y en 2007 se aprobó.

Pero en el nuevo marco desde 2015 los requisitos están claramente expuestos en el artículo 3 y dice que: "deben reunir los requisitos siguientes:

a) Llevar inscritas en el Registro de Entidades Religiosas treinta años, salvo que la entidad acredite un reconocimiento en el extranjero de, al menos, sesenta años de antigüedad y lleve inscrita en el citado Registro durante un periodo de quince años.

b) Acreditar su presencia en, al menos, diez comunidades autónomas y/o ciudades de Ceuta y Melilla.

c) Tener 100 inscripciones o anotaciones en el Registro de Entidades Religiosas, entre entes inscribibles y lugares de culto, o un número inferior cuando se trate de entidades o lugares de culto de especial relevancia por su actividad y número de miembros.

d) Contar con una estructura y representación adecuada y suficiente para su organización a los efectos de la declaración de notorio arraigo.

e) Acreditar su presencia y participación activa en la sociedad española."

y en el artículo 6, dedicado al alcance de la declaración de notorio arraigo instado por federaciones, se expone:
"Cuando la solicitud de declaración de notorio arraigo haya sido presentada por una federación de iglesias, confesiones o comunidades religiosas, el notorio arraigo será reconocido a favor de la religión o creencia religiosa, pero los efectos derivados de la declaración serán atribuidos a aquellas entidades que formen parte de la federación como garante de la continuidad del cumplimiento de los requisitos exigidos para su declaración".

PERSPECTIVA DE FUTURO: ¿aumentará la visibilidad jurídica?.
Desde 2003, hace casi 15 años del primero, el reconocimiento del notorio arraigo no ha llevado a acuerdos de cooperación, aunque sí a ciertos privilegios como:
   -Formar parte de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa.
   -Formar parte del Patronato de la Fundación Pluralismo y Convivencia
   -Se han equiparado en sus efectos civiles los matrimonios religiosos de las confesiones con acuerdos con los de las de notorio arraigo desde la Ley de Jurisdicción Voluntaria (Ley 15/2015, de 2 de julio, ha llevado a la modificación de los artículos 60 y 63 del Código Civil), así como el reconocimiento de los ministros de culto de las segundas con el de las primeras en estos menesteres.

La visibilidad numérica y patrimonial de los grupos de notorio arraigo situarían en primer lugar a los ortodoxos (con más de 500.000 seguidores y 200 lugares de culto registrados), seguidos de los Testigos de Jehová (con más de 110.000 seguidores y casi 650 lugares de culto registrados), los budistas (con 90.000 seguidores activos y 160 lugares de culto registrados) y los mormones (con 54.000 miembros y 117 lugares de culto registrados).



 

NIVEL 4: Los grupos inscritos como religiosos en el Ministerio de Justicia

Son los grupos religiosos (comunidades, iglesias, templos, centros, etc.) que aparecen inscritos en el Registro de Confesiones Minoritarias del Ministerio de Justicia (aunque sin mayor reconocimiento que el de ser tenidos por tales).
Hay budistas y ortodoxos en esta categoría (también evangélicos, judíos y musulmanes) que no están incluidos en las federaciones (o equivalente) por razones diversas. Son menos visibles desde el punto de vista jurídico que sus equivalentes del nivel 2 y 3.
Y luego hay confesiones que quieren el notorio arraigo, pero no lo han alcanzado y que al estar en el nivel 4 se pueden llegar a sentir discriminados.
En este aspecto el planteamiento de la Federación hindú por boca de su presidente es muy clara. No entiende que una de las religiones más antiguas del mundo no tenga reconocido el notorio arraigo en España (problemas a la hora de cumplir los rquisitos actuales y también problemas en la política del reconocimiento en la propia federación).


Juan Carlos Ramchandani en el Espacio Ronda el 5 de diciembre de 2017, presentado por Armando Lozano (de la Federación de Familias por la paz y la Unificación del Mundo ex Iglesia de la Unificación)

Otro grupo que ha expuesto su interés en alcanzar el notorio arraigo ha sido Scientology, que tuvo problemas a la hora de inscribirse en el registro (la CALR no lo reconocía como iglesia), pero ganaron en los tribunales y el ministerio tuvo que inscribirlos en 2007 (había ocurrido algo parecido en 2003 con la Iglesia de la Unificación)

También expresaron su interés en el notorio arraigo (ahondando en su arraigo histórico anterior al cristianismo) la federación pagana (la Federación de lasAntiguas Religiones Hispánicas) fundada en 2009 hasta que se disolvió en 2013.


NIVEL 5: Los grupos que no se inscriben en el Ministerio de Justicia

Son aquellos que, a pesar de autodefinirse como grupos religiosos, no son reconocidos en la actualidad como tales por el Ministerio de Justicia por razones de índole administrativa (no presentar una documentación completa y no subsanar) o por no interesarles la inscripción.
Suelen aparecer como Asociaciones (una ubicación que puede no satisfacerles en absoluto). Entre los hinduistas (en particular en Canarias) se produce este caso frecuentemente y lleva a una infravisibilidad del hinduismo en España.
También ocurre entre muchos grupos zen derivados de Deshimaru que siguen el modelo francés donde son asociaciones (AZI), aunque es una estrategia cambiante.



 

2) VISIBILIZANDO LA ORTODOXIA Y SUS PECULIARIDADES
 

Peculiaridad en la visibilidad jurídica que incide en lo laberíntico (y tendente a la desigualdad) del modelo: hay ortodoxos en los niveles 2, 3 y 4.

En el nivel 2 porque por razones extrareligiosas hay dos grupos ortodoxos que se incluyeron en el acuerdo evangélico y por tanto son tratados como grupos con acuerdos, son la Iglesia ortodoxa griega (hoy arzobispado del patriarcado de Constantinopla) y la Iglesia Ortodoxa Española (del patriarcado de Serbia y con la red más tupida en Cataluña), en su día los rumanos, muy poco numerosos en 1992 no quisieron entrar en el acuerdo evangélico por estimarlo ilógico.
 

Lugares de 
culto
de la Igesia 
Ortodoxa 
Española

En el nivel 3 están los ortodoxos en comunión a los que se reconoció el notorio arraigo en 2010, Está la iglesia más numerosa, que es la rumana con más de 100 parroquias (en su gran mayoría en lugares de culto cedido por la iglesia católica). También la iglesia rusa, búlgara, etc.

En el nivel 4 grupos que se consideran ortodoxos pero la Asamblea Episcopal Ortodoxa de España y Portugal no considera tales, como la Iglesia Ortodoxa Hispana (centrada en Sevilla). También los cristianos orientales (por ejemplo los coptos) que no están en comunión con los ortodoxos.
 

Lugares
de culto
de la Iglesia
Ortodoxa
Hispánica

Desde el punto de vista de la visibilidad numérica, los rumanos son muy mayoritarios (aunque las estadísticas son difíciles de explotar adecuadamente), se suelen extrapolar los porcentajes de Rumanía a España y no se tiene en cuenta a los no religiosos y a los no ortodoxos (hay muchos adventistas rumanos en España, por ejemplo). Ocurre otro tanto con los ucranianos divididos entre varios patriarcados y muchos no religiosos. El papel ecuménico del patriarcado de Cosntantinopla no siempre resulta funcional y sus seguidores son escasos más allá de los griegos...
 

La tupida red de
lugares de culto
de la Iglesia 
Ortodoxa de 
Rumanía
en España
Lugares de culto
del Patriarcado 
de Constantinopla 
en España
Lugares 
de culto del 
Patriarcado 
de Moscú 
en España

Algo de visibilidad patrimonial...
 

Madrid, sede episcopal (catedral) del patriarcado de Constantinopla







Parroquia rumana de Alcalá de Henares, Iglesia de San Jorge, cesión desde 2001 por el obispado católico de Alcalá a la espera de la construcción de la iglesia propia en terrenos cedidos por el Ayuntamiento desde 2006






¿falso pope rumano pidiendo para construir su iglesia? en el Corte Inglés de Preciados en Madrid
Iglesia ortodoxa rusa de San Miguel Arcángel, Altea Hills, Altea, Alicante





 

Iglesia rusa de Santa María Magdalena, Madrid







Madrid, parroquia de Santa María Magdalena en diversas fases de la construcción del edificio, una vez terminado y destacando el icono de Santa María Magdalena, que estuvo en la iglesia de la Embajada rusa en el siglo XIX, luego fue enviada a Argentina al cerrarse ésta y ha vuelto al nuevo centro de culto
Sevilla, Iglesia Ortodoxa Hispana, parroquia de San Serafín de Sarov


Sevilla, Iglesia Ortodoxa Hispana, parroquia de San Serafín de Sarov


3) VISIBILIZANDO A LOS TESTIGOS DE JEHOVÁ

Modelo muy centralizado con solo dos registros, el principal y más antiguo de 1970 al que se adscriben las casi 700 congregaciones del colectivo y otro de 2003 bajo la denominación de Orden Religiosa de los Testigos de Jehová.
Notorio arraigo bien demostrado por el número:


Visibilidad numérica: puesta al día en el centro de los TJ,
Casa Betel, Ajalvir, Madrid

Por la antigüedad en España:


Casa Betel, Ajalvir, Madrid, exposición sobre la historia de los testigos de Jehová en España,
periódico de la época (1926) citando la conferencia de Joseph Rutherford en Madrid

Por la visibilidad de su labor de proselitismo:


Madrid, stand con publicaciones de los Testigos de Jehová en la plaza de Callao

Por el impacto entre colectivos diversos, por ejemplo la comunidad china:


Asamblea de distrito (provincia de Santa Cruz de Tenerife) de 2007, grupo de lengua china

Por el número de Salones del Reino en España (sobre 700) la red más tupida de una sola confesión si excluimos a la iglesia católica



Testigos de Jehová en el Directorio de Lugares de Culto del Observatorio del Pluralismo Religioso en España



Algeciras, Salón del Reino de los TJ (pero la torre más visible es la de la iglesia a la derecha)

Salón del Reino de los Testigos de Jehová en Cádiz, exterior

Salón del Reino de los Testigos de Jehová en Sevilla, exterior

La Laguna. Salón del Reino, Avda Lucas Vega


Salón del Reino de los Testigos cristianos de Jehová en Arrecife de Lanzarote


La Laguna, señalización viaria muy visible


CASA BETEL, Ajalvir

Casa Betel, Ajalvir, entrada al recinto

Id., biblioteca

Id., el Salón del Reino del interior de la Casa Betel completamente lleno durante la celebración de la Muerte de Cristo en 2011

Id., vista del gran Salón del Reino desde la biblioteca de la Casa Betel


4) VISIBILIZANDO A LOS MORMONES

Modelo de organización muy centralizado destacando la visibilidad del Templo de Madrid





Templo de Madrid de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (calle del Templo 2, 28030 Madrid)

Proselitismo:


Mormones por La Laguna

Dos mormones cruzando el Guadalquivir en Sevilla

Red de centros de culto:


Mormones en el Directorio de Lugares de Culto del Observatorio del Pluralismo Religioso en España


Las Palmas de Gran Canaria, Luis Doreste Silva 50, edificio Loreto, a la izquierda Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (mormones) sede central de Las Palmas (foto: F. Díez de Velasco)


Sede central de la IJSUD, Las Palmas de Gran Canaria, Luis Doreste Silva 50, edificio Loreto

Sede del Instituto de Religión, Gran Canaria, de la IJSUD, Las Palmas de Gran Canaria, Agustín Millares Carlo 7


Iglesia de Jesucristo de los santos de los últimos días en Arrecife de Lanzarote

Cádiz, centro de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, exterior
 


Centro de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días en Sevilla, exterior


Id., sala principal

Id., sala con los archivos de historia familiar

Id., zona para el bautismo por inmersión total


5) VISIBILIZANDO AL BUDISMO ESPAÑOL
 
 

BUDISTAS notorio arraigo en 2007