INSCRIPCIÓN CON EL JURAMENTO DE LOS TERENSES
Juramento de los pobladores. La asamblea ha decidido:
toda vez que Apolo espontáneamente ha ordenado a Batto y a los terenses
que colonizaran Cirene, los terenses resolvieron enviar a Batto hacia Libia
como jefe y rey, con algunos terenses que navegaron como compañeros
suyos. Han de navegar en términos justos e igualitarios, de acuerdo
con sus casas, un hijo ha de ser elegido de entre los que se hallan en
la juventud, y del resto de los terenses aquellos hombres libres (que quieran)
pueden partir. Si los colonizadores establecen un asiento, cualquiera de
sus conciudadanos que más adelante acuda a Libia ha de compartir
la ciudadanía y los honores y recibirá tierras sin ocupar.
Pero si no establecen una plaza y los terenses no pueden ayudarlos y la
necesidad los acosa durante cinco años, se les dejará regresar
de esa tierra, sin temor, a Tera, a su propiedad, y se les permitirá
ser ciudadanos. Pero el que se niegue a partir, después de haber
sido elegido por la ciudad, será pasible de la pena de muerte y
su propiedad pasará a ser pública, y quien quiera que reciba
o proteja a otro, ya sea el padre a su hijo, o el hermano a su hermano,
sufrirá esa misma pena que se aplique al que se niega a partir.
Bajo estas condiciones todos juran un solemne pacto,
los que permanecen en la tierra patria y los que parten para fundar la
colonia; y arrojan una maldición sobre los que rompan el pacto y
no lo acaten, ya sea que vivan en Libia o que permanezcan en la patria.
Así hicieron imágenes de cera y las quemaron entre maldiciones,
participando todos, hombres y mujeres, niños y niñas:
<Que quien no acate estos juramentos y los quebrante
se funda y disuelva como estas imágenes, él mismo, sus descendientes
y su propiedad. Pero para quienes acaten estos juramentos, para quienes
partan hacia Libia y para quienes permanezcan en Tera, que haya abundancia
y prosperidad para ellos mismos y para sus descendientes.> SEG IX,3