HISTORIA DE LAS RELIGIONES
Tutorial de la asignatura, preparado por 
Francisco DIEZ DE VELASCO
FACULTAD DE GEOGRAFÍA E HISTORIA
UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

PRÁCTICA 9: Espacios de la religión y multirreligiosidad: lugares de culto en el aeropuerto de Barajas
 

 
La terminal 4: una apuesta para el siglo XXI 



Vista general (oratorios a la izquierda, capilla católica a la derecha): se trata de una terminal tantpo para vuelos nacionales como internacionales 



Oratorio (muticonfesional y musulmán)

Símbolos de lo global: Zona de los oratorios 


La sala multiconfesional

puerta de entrada al oratorio musulmán, fuente


Oratorio musulmán 

Capilla (católica)



Dedicada a Santiago por el cardenal Rouco el 5 de febrero de 2006

 
 La terminal 1 (vuelos internacionales): el necesario reflejo de las religiones del mundo y la extranjería
 

Símbolo y significado: oratorio / capilla 
Capilla (católica)



Dedicada a la Vírgen de Guadalupe, dobla a los otros espacios de culto
La mezquita


La quibla (y la foto de La Meca)
El espacio multiconfesional


La sala multiconfesional (no soporta la comparación con la T4)
 

 
La terminal 2 (vuelos nacionales): solo hay capilla católica (dedicada a la Virgen de Loreto)



¿Espacios de la igualdad? base: El derecho a la libertad religiosa

Declaración Universal de los Derechos Humanos (aprobada el 10 de diciembre de 1948 por Naciones Unidas)

Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

y en la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA de 1978:
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 16
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Dos focos se evidencian (en ocasiones en tirantez):
-la mirada de lo global (que necesariamente se ha de figurar las religiones del mundo en plural y no puede establecer privilegios)
-y la mirada contextual de lo local (la memoria de las religiones nacionales que puede tender a singularizar y privilegiar: el art. 16.3 de la CE)
 
 

 
 PREGUNTA: ¿El aeropuerto de Barajas es un espacio de igualdad entre religiones?... 

DEPENDE DE CÓMO SE MIDA (foco del análisis del nivel global-local: un aeropuerto es una notable topografía -¿un no lugar?- de lo global en lo local y viceversa) 

-¿es justo (legítimo) que en Barajas t4 la capilla católica sea mayor?, ¿y que la capilla multiconfesional sea equivalente al oratorio musulmán?  (y que haya tres espacios en vez de uno solo (sala multiconfesional) o de dos (para católicos y para otras confesiones -al miodos art. 16,3) o de cuatro (para católicos -acuerdos de 1979 con el Vaticano-, para evangélicos, judíos y musulmanes (leyes de 1992)... 

-¿es justo (legítimo) que en Barajas t1 la capilla católica sea el doble?, ¿y que la capilla multiconfesional sea menor que el oratorio musulmán?

-¿es justo (legítimo) que en la terminal 2 sólo haya capilla católica? (¿no hay otro tipo de fieles en la T2... o no los visibilizamos?) 
Esta última es una pregunta significativa... T2 es solo para vuelos nacionales... y está heredando un pasado de invisibilización... (que la T4 obvia, pero porque es también una terminal de vuelos internacionales...).