MOOC RELIGIONES EN ESPAÑA
Material preparado por Francisco DIEZ DE VELASCO
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Las fotografías y los textos han sido realizadas por el autor, 
que pertenece al grupo de investigación HISTOREL de la 
UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

RELIGIONES EN DEMOCRACIA EN ESPAÑA

El relato que se expondrá a continuación, para el que se seguirá una aproximación cronológica, intenta mostrar los procesos, aún en marcha, que están llevando al progresivo final de la singularidad religiosa en nuestro país y a la construcción de un marco de pluralidad multirreligiosa.
 

1967 adaptación de la legislación española a la apuesta por la libertad religiosa que surgió del concilio Vaticano II.
 

1976-1979 Negociación de una fórmula que permitiese poner al día el concordato de 1953. Los acuerdos con la Santa Sede.

1976: Se firma acuerdos el primero que certifica la renuncia del nuevo rey a la presentación de obispos, cuyo nombramiento se convierte en un asunto exclusivo de la Iglesia católica y plantea la igualdad de todos los españoles ante la ley, de modo que los miembros del clero serán enjuiciados por los tribunales comunes.

1979: se firmaron cuatro acuerdos que regulaban los asuntos principales:
    - El primero, relativo a asuntos jurídicos.
    - El segundo dedicado a asuntos económicos
    - El dedicado a asuntos relativos a las Fuerzas Armadas: asistencia religiosa católica y Vicariato General Castrense con un arzobispo cuya diócesis es el ejército español y cuya sede está en la Iglesia del Sacramento de Madrid desde 1980, que tras estos acuerdos fue bautizada como Iglesia Catedral de las Fuerzas Armadas.
 

Iglesia catedral castrense en Madrid

A diferencia de los demás obispos, que desde 1976 en que el rey renunció a su prerrogativa de presentación, son nombrados por la Santa Sede sin intervención del Estado, el arzobispo castrense es escogido por el rey de entre una terna negociada entre la Nunciatura Apostólica (es decir la misión diplomática del Vaticano en España) y el Ministerio de Asuntos Exteriores. El nuncio es el representante de la Santa Sede en España y su influencia, uniendo su alto rango eclesiástico (su calidad de arzobispo) con su categoría de embajador con una residencia diplomática en una zona en la que proliferan este tipo de sedes y una  iglesia adscrita, la basílica pontificia de San Miguel en el centro de Madrid.
 

Sede de la nunciatura apostólica de la Santa sede en Madrid 
y detalle de la bandera vaticana ondeando
 

Basílica pontificia 
de San Miguel en 
Madrid

    -El cuarto acuerdo es el relativo a asuntos educativos. Con tres temas principales:
            1) el derecho a establecer centros docentes y universidades de la Iglesia y al reconocimiento de los estudios impartidos en dichos centros por parte del Estado.
Destaca el auge de las universidades católicas, que son una docena en la actualidad:
    -las de más solera: Deusto (gestionada por los jesuitas y fundada en 1886 con un campus que mezcla edificios vanguardistas con los centenarios) / las Pontificias de Comillas y Salamanca
    -las de la época del franquismo como la de Navarra, del Opus Dei
    -las más recientes: como las católicas de Ávila, de Murcia o de Valencia o la Francisco de Vitoria de Madrid dependiente de los Legionarios de Cristo.


Entrada al campus central de la Universidad de Deusto, Bilbao


            2) el compromiso ratificado en el acuerdo de que la educación impartida en los centros docentes públicos respete los valores de la ética cristiana.
            3) la enseñanza de la religión católica en los centros docentes españoles con una asignatura que se tenía que ofertar obligatoriamente por parte de todos los centros educativos aunque era (evidentemente) optativa para los alumnos. Los profesores los nombraba y cesaba la autoridad religiosa, los programas de estudio y los libros de texto los proponía esta misma autoridad.
Evidencian el tenor de la cooperación con los católicos.

1978: Constitución marcará un cambio fundamental en lo relativo a los asuntos religiosos.
    -no podrá haber discriminación por razones religiosas
    -no confesionalidad del Estado y plena libertad de cultos,
    -no se establece la oficialidad de una religión sino que se propone un contexto de cooperación con todas aunque se privilegie en particular a la católica.
 

1980: LOLR (Ley Orgánica de Libertad Religiosa)

Adaptación legislativa a la nueva realidad de libertad religiosa y leyes que cambian el modelo de familia indisoluble católica: 1981 ley del divorcio. Luego aborto, educación que se abre a otras opciones más allá de la católica.

1992: acuerdos con evangélicos, judíos y musulmanes tras larga negociación desde 1982.

2003-2010: Notorio arraigo...
 

PREGUNTA: ¿Es España un país auténticamente multirreligioso?

Multirreligiosidad  coexistencia en un mismo ámbito de diferentes religiones en un contexto de carácter igualitario o tendente a la igualdad.
El cambio entre ámbitos de diversidad religiosa y ámbitos de multirreligiosidad es un fenómeno fundamental a la hora de encarar los complejos procesos de construcción de las legitimaciones (y las discriminaciones) en torno a las religiones que se propician en la actualidad.
Tales discriminaciones perduran hoy en lo que se refiere al marco jurídico y en el día a día social los privilegios de algunos se mantienen y el estigma de otros aumenta. Pero hay que reconocer que frente a la singularidad religiosa del pasado, la pluralidad se ha convertido en un elemento de cotidianidad: muy diversos factores entre los que la globalización religiosa, la multiplicación de las conversiones y el peso de la inmigración marcan esta tendencia fuerte hacia los contextos de la igualdad religiosa en España.